Descubre todas las novedades fiscales de 2019 que pondrá en marcha la Agencia Tributaria y que has de conocer si quieres dedicarte al asesoramiento o a la gestión tributaria y fiscal en España
El comienzo de un nuevo año siempre lleva aparejada la llegada de novedades fiscales que la Agencia Tributaria (Aeat) española trae para los Asesores Tributarios (IRPF, IS, IVA, IAE,…). Algunas de ellas empezarán a aplicarse en el próximo ejercicio 2019 y otras, en cambio, son de aplicación para el actual ejercicio 2018 de cara a la presentación de las distintas declaraciones tributarias. Y conviene conocerlas al detalle, ya sea asesor o gestor contable o fiscal o un particular que quiere solicitar un crédito, una hipoteca o presentar la declaración de la renta, o un empresario o autónomo que va a solicitar una subvenciones. A todos nos interesa conocerlo y estudiarlo para estar al tanto y que nada de lo que viene nos pille por sorpresa.
Aunque algunos de los cambios ya están totalmente aprobados y su aplicación es cien por cien segura, los cambios de gobierno y las negociaciones entre partidos políticos… a buen seguro dan lugar a novedades fiscales y tributarias que aún no se conocen. Pero esto ya irá viniendo y aquí vamos a detallar los cambios que sí serán efectivos en 2019 y que estudiarán con detalle todos los alumnos del Curso Experto en Gestión Tributaria y Fiscal de Ruano Formación y la Universidad de Almería. Una formación totalmente bonificable y que comienza el 15 de febrero,
IRPF, IVA E IMPUESTO DE SOCIEDADES
Uno de los primeros cambios que se van a producir será en el Régimen de Estimación Objetiva de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y Régimen Especial Simplificado de IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) para 2019, ya que para el año 2019 se desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, aunque se mantienen para 2019 los módulos, signos e índices.
Los cambios también llegan a los modelos 303, 322, 347 y 390, ya que, según la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre, se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de comunicación de datos, correspondientes al régimen especial del grupo de entidades en el IVA. Del mismo modo, se establece con carácter indefinido que el plazo de presentación del modelo 347 es el mes de febrero.
LA AGENCIA TRIBUTARIA
Por otro lado, los modelos 202 y 222 de pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades también llegan con novedades, como la aprobación del modelo 202 para los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
Estas son algunas de las novedades que más conviene conocer para que el cierre de 2018 y las novedades que llegan con el comienzo del ejercicio de 2019 no pillen por sorpresa a nadie que quiera convertirse en gestor o asesor fiscal y tributario. Algo para lo que también es sumamente importante conocer el calendario del contribuyente que os dejamos en este enlace y a través del que se pueden conocer las fechas más importantes de España en materia fiscal y tributaria.